En el pasado año 2024, un total de 66 parejas del municipio de Vícar eligieron contraer matrimonio civil en el Ayuntamiento local, informó el alcalde Antonio Bonilla. Según explicó, esta cantidad mantiene una cifra similar a la del año anterior, reflejando que todavía son muchos los residentes que prefieren esta institución para celebrar ese momento significativo en sus vidas.
La mayoría de las bodas se llevaron a cabo en el Patio de Luces del Ayuntamiento, aunque algunos novios optaron por realizar la ceremonia en el despacho de la Alcaldía. En la mayoría de los casos, el mismo alcalde Bonilla fue quien ofició las bodas, mientras que en determinadas ocasiones lo hicieron concejales designados para tal fin.
Las estadísticas de matrimonios civiles en el Ayuntamiento muestran una tendencia estable en los últimos años. En 2020 se registraron 40 enlaces, 31 en 2021 y un aumento a 69 en 2023, consolidándose así una ligera subida en la cantidad de uniones oficiales.
Durante cada ceremonia, antes de la lectura del acta de matrimonio, el oficiante dedica unas palabras sobre la importancia del acto, y los asistentes expresan sus buenos deseos para la pareja. Al concluir, el Ayuntamiento entrega a los contrayentes un ejemplar vigente de la Constitución Española, donde se sella su unión, además de un escudo representativo del Consistorio.
De acuerdo con la normativa actual, es el Juez Encargado del Registro Civil o Consular correspondiente al domicilio de uno de los futuros esposos quien gestiona el expediente previo al matrimonio. Durante este trámite, los interesados deben manifestar su intención de que la autorización para la boda sea concedida por el Ayuntamiento de Vícar. Una vez que el Registro Civil recibe la certificación emitida por el Juez, se procede a fijar la fecha y hora para la celebración del matrimonio civil.
Las parejas deben presentar la solicitud de forma presencial, al menos con 30 días naturales antes de la fecha en que desean casarse.
Desde 2012, quienes deciden formalizar su matrimonio en el Ayuntamiento deben abonar un precio que varía entre 50 euros, si la ceremonia se realiza en días laborables y en horario habitual del edificio municipal, y 100 euros, si el enlace se celebra fuera de este horario o en días no laborales. Además, existe la opción de realizar la boda en un lugar diferente a la sede del Ayuntamiento, siempre que esté dentro del municipio. En este caso, la tasa aplicada es de 150 euros, independientemente del día o horario elegido.

































